1. Orígenes en la Fiscalidad Internacional y Marco Normativo
Honduras ha formalizado su compromiso con la transparencia fiscal global a través de la ratificación del Informe País por País (CbC), adoptado bajo el Acuerdo SAR-653-2023. Esta decisión está alineada con las políticas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y las directrices del proyecto de Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (BEPS), enfatizando un esfuerzo concertado a nivel internacional para fomentar la apertura fiscal. Este marco busca dotar a las autoridades fiscales de una perspectiva exhaustiva sobre las operaciones de las multinacionales, cubriendo diversos aspectos como la naturaleza de las actividades empresariales, la cantidad de empleados, el total de ingresos tanto internos como entre entidades del grupo, los beneficios antes de impuestos, los impuestos adeudados y pagados, y el resultado acumulado.
Este informe establece un estándar mínimo de transparencia dentro del Marco Inclusivo de BEPS, visto como un compromiso político global. Es interesante notar que, en Europa, la divulgación de estos informes es obligatoria, proporcionando acceso a información financiera clave a todos los grupos de interés pertinentes.
A diferencia de las regulaciones sobre el beneficiario final, que se centran en identificar a los controladores naturales de las empresas, el Informe CbC se enfoca en la estructura y las operaciones corporativas a nivel mundial. Este enfoque proporciona una visión más holística de cómo las multinacionales distribuyen y gestionan sus actividades económicas en diferentes jurisdicciones, contrastando con las normativas de beneficiario final diseñadas para evitar el anonimato de los propietarios efectivos.
Es relevante también mencionar que, aunque el Acuerdo SAR-653-2023 marca un paso importante, no es la primera vez que Honduras aborda la estructuración del Informe País por País. Anteriormente, la configuración de este informe había sido delineada explícitamente a través del Acuerdo SAR-007-2017, que estableció los formatos de los formularios requeridos por la Administración Tributaria, incluido el “Informe de Reporte País por País CBC”.
2. Desarrollos Recientes y Desafíos en el Intercambio de Información
Aunque se han hecho progresos significativos, Honduras aún enfrenta retos importantes para integrarse de manera efectiva en la red global de intercambio de información fiscal. La falta de ratificación del Convenio Multilateral de Autoridades Competentes (MAAC) y la ausencia de adhesión al Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes (MCAA) para intercambiar los Informes CbC restringen la capacidad del país para realizar su intercambio automático. Estos documentos son cruciales para lograr una transparencia que permita una supervisión adecuada de las actividades económicas de las multinacionales en territorio hondureño. Especialmente con la ausencia de la firma del MCAA, varias filiales hondureñas de empresas multinacionales podrán caer en la obligación de presentar el Informe CbC en el país.
En este sentido, el Acuerdo SAR-653-2023 define las condiciones bajo las cuales las entidades residentes deben presentar el Informe CbC en Honduras:
- Responsabilidad de la matriz: Si la empresa matriz en el exterior no está obligada a presentar el informe en su país de origen, las filiales en Honduras deben asumir esta responsabilidad.
- Existencia de un Acuerdo Elegible entre Autoridades Competentes específico para la presentación del Informe CbC: La existencia de otros tipos de Acuerdos, como los de intercambio de información o para evitar la doble imposición, no son suficiente sin un compromiso explícito que facilite este tipo de informes.
- Cumplimiento de estándares de intercambio de información en otras jurisdicciones: Honduras puede tomar medidas contra países que no cumplen sistemáticamente con los estándares de intercambio de información, asegurando así que las multinacionales cumplan con sus obligaciones fiscales.
Tomando en cuenta lo descrito, la condición (a) se fundamenta en la normativa de una nación distinta, mientras que la condición (c) depende de una intervención puntual por parte del gobierno hondureño en respuesta a la falta de cumplimiento de los requisitos preestablecidos por parte de sus socios de intercambio de información. Por otro lado, la condición (b) permanecerá en efecto hasta que Honduras se adhiera al MCAA. Así, todas las multinacionales que excedan el límite de ingresos consolidados establecido en el Acuerdo (750 millones de euros o 19 mil millones de lempiras) y que tengan operaciones en Honduras mediante entidades residentes, están obligadas a entregar el Informe CbC, sin excepciones.
3. Implicaciones Futuras y Conclusiones
El Informe País por País es crucial para la estrategia de Honduras de incorporarse efectivamente a la dinámica global de justicia fiscal. A medida que el país continúa alineándose con los requisitos del Marco Inclusivo de BEPS, enfrenta el desafío de actualizar sus acuerdos y su legislación para un intercambio más fluido y eficiente de información fiscal. El compromiso continuo con la transparencia no solo mejora la fiscalización de las actividades de las multinacionales, sino que también fortalece la integridad del sistema fiscal hondureño, asegurando una contribución equitativa de todas las empresas. La efectividad en la implementación del Informe CbC será indicativa del progreso de Honduras en su integración en la economía mundial y en la adherencia a las normativas internacionales.
Es crucial destacar la necesidad de que Honduras avance con pasos determinantes como la ratificación del MAAC y la firma y posterior ratificación del MCAA. Estas acciones son fundamentales para evitar la extensión innecesaria de las obligaciones fiscales a más empresas de las requeridas. Actualmente, muchas multinacionales ya cumplen con la obligación de presentar el Informe CbC en otros países donde operan. La integración de Honduras en estos acuerdos internacionales permitiría reconocer esos informes presentados en el extranjero, evitando así la duplicidad en la presentación de la misma información fiscal. Esta medida no solo simplificaría las exigencias sobre las empresas multinacionales, sino que también fortalecería el sistema de intercambio de información fiscal del país, alineándolo con las prácticas globales y reduciendo cargas administrativas innecesarias.